Si has preparado alguna oposición o si conoces a alguien que lo haya hecho, sabrás que hay un porcentaje de plazas convocadas que se reserva para personas con discapacidad. Sin embargo, hay determinadas oposiciones que suelen suscitar más dudas al respecto. Por ejemplo, ¿te has preguntado alguna vez si hay plazas para las oposiciones a Correos con discapacidad? A lo largo de este artículo resolvemos las dudas más comunes a este respecto.

¿Cuántas plazas para personas con discapacidad hay en las oposiciones de Correos?

A la pregunta que planteamos en el titular, la respuesta es clara: sí hay plazas para las oposiciones a Correos con discapacidad. Así lo refleja la empresa pública en la última convocatoria, donde especifica que “dentro de esta oferta de puestos, seleccionará mediante el procedimiento previsto en el artículo 43.2 del III Convenio Colectivo de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, de 5 de abril de 2011, puestos de trabajo con objeto de integrar a personas con grado de discapacidad”.

De las 7.757 plazas que publicó Correos en la última convocatoria, reservó 70 puestos de trabajo “con objeto de integrar a personas con grado de discapacidad”. Por lo tanto, habrá que esperar a que se publique la próxima convocatoria para saber cuántas plazas se reservan para personas con minusvalía en las oposiciones de Correos siguientes.  

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Requisitos para acceder a las oposiciones de Correos por discapacidad

El conjunto de requisitos que deben cumplir los aspirantes que quieran optar a una de las plazas de discapacidad es el mismo que para el resto de candidatos, con una característica adicional:

  • Tener el título de Enseñanza Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar, titulación oficial que lo sustituya, o conocimiento, experiencia y aptitudes adquiridos en el desempeño de su profesión que sean equivalentes a esta titulación según establece el III Convenio Colectivo. 
  • Haber cumplido la edad legal de contratación prevista para cada puesto de trabajo.
  • Cumplir los requisitos contractuales según la legislación vigente en materia de permisos de trabajo o equivalente. Esto es importante, porque Correos es una de las pocas oposiciones a las que pueden optar las personas extranjeras no comunitarias que cuenten con el permiso legal de residencia y trabajo en España. 
  • No tener ninguna relación laboral fija en Correos.
  • No haber sido inhabilitado, separado o despedido disciplinariamente por hechos que hayan sucedido en el ámbito de las sociedades del Grupo Correos.
  • No tener un contrato de trabajo extinguido con Correos por no haber superado el período de prueba en cada puesto de trabajo.
  • No haber recibido evaluaciones negativas por el desempeño del puesto de trabajo.
  • No estar inhabilitado para ejercer un cargo público por sentencia firme.

Además de los requisitos generales, los opositores del turno de discapacidad deben acreditarla. El grado mínimo para poder optar a una de las plazas de Correos con minusvalía es del 33% o superior. Es decir, los aspirantes que quieran optar a una de dichas plazas, deben acreditar que tienen una discapacidad, física o intelectual, igual o superior al 33%. 

 

¿Hay cambios en las oposiciones a Correos en turno de discapacidad?

Otra de las dudas más habituales sobre las plazas de Correos para personas con minusvalía es si hay algún cambio en el proceso con respecto a las plazas de turno libre. Cabe destacar que el procedimiento de oposiciones se sigue de la misma forma que con el resto de aspirantes, solo que hay algunas pequeñas modificaciones.

Los opositores con discapacidad pueden solicitar que se adecúe el examen en función de sus necesidades, con el objetivo de que puedan realizar las pruebas sin impedimentos. Esta petición tendrán que hacerla en el momento en que presenten su inscripción. Posteriormente, será Correos quien se ponga en contacto con ellos para valorar qué adaptación es más adecuada en cada caso. 

Por ejemplo, una de las adecuaciones más habituales tiene que ver con el tiempo máximo que tienen los opositores para completar el examen de Correos. Además, los aspirantes pueden tener alguna modificación a la hora de inscribirse en la convocatoria, o algún cambio en el temario. También pueden estar exentos de abonar la tasa del examen, pero, de ser así, esto debe reflejarse en la convocatoria.