Una de las dudas más habituales que suele surgir entre quienes están barajando la posibilidad de preparar una oposición es cuáles son los requisitos para ello. Es decir, qué condiciones debe reunir quien quiera presentarse y hacer un examen que le permitirá conseguir una plaza en la Administración. En este artículo, tratamos de resolver las cuestiones más frecuentes sobre los requisitos para opositar.

Como te podrás imaginar, los requisitos varían según la oposición a la que te quieras presentar. Muchos de ellos son comunes a todas, pero hay otros que responden a necesidades específicas del cuerpo y del puesto en cuestión. 

En este sentido, siempre es conveniente consultar todos los requisitos, que vienen especificados en la convocatoria del proceso. Incluso si se trata de una oposición que se convoca anualmente, siempre hay que revisarlos por si acaso hay alguno que ha cambiado de un año para otro. 

A continuación, vamos a explicarte brevemente cuáles son los requisitos para opositar que debes cumplir según las últimas convocatorias si quieres presentarte a algunas de las más solicitadas hoy en día. ¡No te lo pierdas!

 

Tipos de requisitos más frecuentes

Antes de entrar en detalle sobre los requisitos necesarios para cada oposición, es importante que sepas qué es lo que se suele pedir en la mayoría de los casos. Es decir, las subcategorías más habituales en las que se dividen estos requisitos:

  • Nacionalidad: en este punto se especifica si son oposiciones a las que únicamente se pueden presentar ciudadanos de nacionalidad española, comunitaria o extracomunitaria. 
  • Capacidad: aquí se suele determinar si existe algún tipo de impedimento funcional que haya que tener en cuenta a la hora de desempeñar el trabajo.
  • Edad: el rango de edad permitido para cada oposición.
  • Titulación: en este apartado se define qué nivel de estudios y formación es preciso para cada puesto.
  • Habilitación: las condiciones plasmadas aquí sirven para filtrar a quienes hayan sido objeto de cualquier inhabilitación profesional que afecte al desempeño del trabajo. 
  • Discapacidad: lo que se define en este apartado es la condición de discapacidad que deben acreditar las personas que quieran opositar y acceder a las plazas reservadas para ellas. 

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Requisitos para opositar a Administrativo y Auxiliar Administrativo del Estado

Optar a estos puestos dentro de la Administración General del Estado es una de las decisiones más habituales, porque son dos de las categorías en las que más plazas se suelen convocar. De hecho, en la última convocatoria de la AGE, que fue histórica porque se convocaron 27.509 plazas, más de 4.600 son para Administrativo del Estado (C1) y más de 1.100, para Auxiliar Administrativo (C2).

La única diferencia entre los requisitos para acceder a los puestos de Administrativo y Auxiliar Administrativo es la titulación:

El resto de requisitos son comunes para ambas oposiciones:

  • Tener la nacionalidad española, o ser nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea. También pueden optar los cónyuges de españoles o de nacionales comunitarios; los descendientes menores de 21 años o mayores que sean dependientes; y las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales de libre circulación de trabajadores. 
  • Poseer la capacidad funcional para el desempeño de tareas propias del puesto.
  • Tener entre 16 y 65 años. 
  • No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios, ni pertenecer al mismo Cuerpo o Escala al que se presenta.
  • Acreditar un grado de discapacidad superior al 33% en caso de optar a las plazas reservadas para personas con discapacidad. 

 

Requisitos para opositar a Gestión Procesal, Tramitación Procesal y Auxilio Judicial

A continuación, nos centramos en las condiciones necesarias para opositar a las escalas básicas de la Administración de Justicia. Concretamente, a las oposiciones de Gestión y Tramitación Procesal y Auxilio Judicial. En este caso, según la última convocatoria, los requisitos comunes  son:

  • Tener la nacionalidad española.
  • Tener entre 16 y 65 años.
  • Poseer la capacidad funcional para el desempeño de tareas.
  • No haber recibido condenas a penas privativas de libertad, a menos que se haya obtenido la cancelación de antecedentes. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado; y no ser funcionario de carrera del cuerpo al que se presenta. 

Veamos, ahora, los requisitos de titulación específicos para cada cuerpo:

  • Gestión Procesal: es necesario tener el título de Grado, Licenciado, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.
  • Tramitación Procesal: hay que acreditar el título de Bachiller o equivalente.
  • Auxilio Judicial: es suficiente con tener la ESO o equivalente. 

 

Requisitos para opositar a Tropa y Marinería

Cabe destacar una importante novedad en los procesos selectivos de Tropa y Marinería que tiene que ver con uno de los requisitos para opositar, y que se pondrá en marcha ya en las convocatorias de este año. Tal y como ha señalado el Ministerio de Defensa, se suprime la altura mínima y máxima que, hasta ahora, se exigía a hombres y mujeres para optar a uno de los cuerpos de las Fuerzas Armadas. 

Además, hay algunos requisitos adicionales en estas oposiciones, tal y como te mostramos:

  • Poseer la nacionalidad española o la de alguno de los siguientes países: Argentina, Bolivia, Costa Rica, Colombia, Chile, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Guinea Ecuatorial, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela. En estos casos, hay que tener siempre en vigor la tarjeta de residencia, temporal o de larga duración, y tener la mayoría de edad según la ley del país de origen. 
  • Tener la aptitud psicofísica necesaria, que será verificada mediante las pruebas que se determinan en la presente convocatoria.
  • En lo que respecta a la edad, los aspirantes deben cumplir o haber cumplido antes del día de incorporación al centro docente militar de formación los 18 años, y no haber cumplido los 29 años. 
  • Carecer de antecedentes penales, y no tener abierto en calidad de procesado, imputado, investigado o encausado ningún procedimiento judicial por delito doloso. No estar privado de los derechos civiles. No haber causado baja en cualquier fase de la enseñanza de formación militar.
  • No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales, o de los órganos estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
  • No haber sido calificado «No Apto Permanente» en el primer ciclo de selección de la convocatoria actual.
  • Contar con el título de Educación Secundaria Obligatoria o equivalente, según cada país, y tener el título correctamente homologado.
  • No ser militar de tropa y marinería con compromiso en vigor ni estar realizando la fase de formación militar general para adquirir tal condición.
  • No haber sido resuelto su compromiso como militar de tropa y marinería como consecuencia de:
    • Un expediente de insuficiencia de facultades profesionales o de condición psicofísica.
    • Imposición de sanción disciplinaria extraordinaria de separación del servicio por aplicación de la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre, o por la imposición de sanción disciplinaria de resolución de compromiso y separación del servicio, en aplicación de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.

 

Requisitos para opositar a Correos

Por último, te contamos también todos los requisitos que debes cumplir si quieres presentarte a las oposiciones de Correos. Concretamente, para los puestos del Grupo IV de Personal Operativo (Atención al cliente, Agente de clasificación y Reparto). No obstante, en este caso también es conveniente comprobar cada convocatoria, porque hay requisitos que pueden variar según el puesto profesional al que se opte. De forma general, son los siguientes:

  • Haber cumplido la edad legal de contratación prevista para cada puesto de trabajo.
  • No padecer enfermedad o limitaciones físicas o psíquicas para el normal desempeño de las tareas y funciones a realizar, según criterio de los servicios médicos de la empresa.
  • Tener el título de Enseñanza Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar o titulación oficial equivalente que la sustituya, o conocimiento, experiencia y aptitudes, adquiridos en el desempeño de su profesión, equivalentes a esta titulación, de acuerdo con el III Convenio Colectivo, para el desempeño de los puestos de trabajo del Grupo IV Personal Operativo.
  • No haber sido separado del servicio, inhabilitado o despedido disciplinariamente, por hechos acaecidos en el ámbito de las sociedades del Grupo Correos.
  • No haber tenido un contrato de trabajo extinguido con Correos por no haber superado el período de prueba.
  • Carecer de evaluaciones negativas por el desempeño del puesto de trabajo en Correos solicitado en el proceso.
  • No hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.
  • Cumplir con los requisitos establecidos legal y convencionalmente para los puestos de trabajo ofertados en la convocatoria.

Si te vas a presentar al puesto de Reparto 1, que incluye el vehículo motorizado de reparto, hay un requisito adicional. Debes disponer de los permisos para conducir el vehículo en cuestión. Es decir, se requerirá tener el carné de conducir moto A, A1, A2 o el carné de conducir B (antiguamente, B1).

En cualquier caso, siempre hay que leer muy bien todos los requisitos para opositar especificados en la convocatoria que se publica en el Boletín Oficial del Estado, o en la página web de Correos. Esto te permite asegurarte de que no hay ninguna incompatibilidad que te impida realizar el examen. Si aún así tienes dudas, puedes consultar con una academia especializada como Opostal para resolverlas. ¡Estamos encantados de ayudarte!